Ahora que se acerca el verano y sufrimos de calor es normal que los vecinos quieran buscar maneras de contrarrestar las altas temperaturas. Entre los métodos más comunes está el uso de toldos en las terrazas y balcones pero no podemos olvidar que estas instalaciones deben realizarse según dicte las normas de las comunidades así como de los posibles acuerdos de junta de propietarios necesarios. A continuación os pasamos un breve resumen de las situaciones que pueden darse y la forma de actuar:
No existe toldo aprobado en estatutos o acta
En este caso, el propietario que desee instalar un toldo deberá solicitar que se incluya como orden del día en la próxima junta de propietarios y tendrá que aprobarse por mayoría de tres quintos de los propietarios que a su vez representen tres quintos de los vecinos. Si logra la aprobación del modelo solicitado, podrá realizar la instalación sin mayor inconveniente pero en caso de rechazarse la propuesta el propietario no podrá realizar la obra menor aunque podrá impugnar el acta. Generalmente la impugnación del acta en estos temas se suele resolver a favor de la decisión mayoritaria de la comunidad.
Si el propietario decide instalar el toldo por su cuenta sin permiso de la comunidad, el representante del edificio podrá solicitar que proceda a su desinstalación. En caso de negación, la comunidad podrá emprender acciones legales contra el propietario por obra indebida en un elemento común como es la fachada del edificio.
Existe modelo de toldo aprobado en estatutos/acta o se procede a la votación
En caso de existir un modelo ya aprobado en los Estatutos de la Comunidad o en la normativa de régimen interno, el propietario sólo deberá fijarse en el modelo y color y respetar lo que así indique la normativa del edificio. Lo mismo se aplica en el caso de que esté aprobado como orden del día en un acta.
Por otro lado, si la comunidad decidiese abordar el asunto a través de una aprobación en acta requerirán de mayoría simple de los propietarios. Una vez en acta, sólo queda por parte del propietario cumplir con la norma establecida en acta.
El administrador para facilitar las gestiones de los vecinos pondrá a disposición de los propietarios la referencia del modelo del toldo así como el color elegido.
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